Artículo 41. Facultades.
Artículo 41 del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. · BOE-A-2022-7191
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-05.
Texto consolidado
1. La facultad para efectuar las valoraciones a las que se refiere el artículo 40, así como, en su caso, su posterior modificación, corresponderá al responsable o responsables de la información o servicios afectados.
2. Con base en las valoraciones señaladas en el apartado anterior, la determinación de la categoría de seguridad del sistema corresponderá al responsable o responsables de la seguridad.