Artículo 41.
Artículo 41 del Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974. · BOE-A-1976-19786
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1976-10-15.
Texto consolidado
1. En el cabo de titularidad compartida de una concesión o grupo de concesiones, la actividad de refino a que se refiere el Artículo 38 sólo podrá ser ejercitada por uno de los titulares o por una sociedad constituida por varios de ellos exclusivamente para este fin.