Artículo 41. Recursos contra los actos colegiales.
Artículo 41 del Real Decreto 1162/2002, de 8 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Construcción y Electricidad. · BOE-A-2002-22542
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-21.
Texto consolidado
Los actos emanados de los órganos rectores del COICE, en cuanto estén sujetos al derecho administrativo, serán recurribles ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, una vez agotados, en su caso, los recursos corporativos que ponen fin a la vía administrativa.