Artículo 41. Derecho a una protección integral, real y efectiva.
Artículo 41 de la Ley 8/2020, de 11 de noviembre, de Garantía de Derechos de las Personas Lesbianas, Gais, Trans, Transgénero, Bisexuales e Intersexuales y No Discriminación por Razón de Orientación Sexual e Identidad de Género. · BOE-A-2020-15880
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-09.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma procurará protección, asesoramiento y apoyo a las personas que sufren o se encuentren en riesgo de sufrir cualquier tipo de discriminación, agresión, intimidación, coacción u ofensa por razón de orientación sexual, identidad sexual, identidad de género o expresión de género.
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