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Ley Vigente

Artículo 41. Retirada de objetos abandonados en la zona de dominio público.

Artículo 41 de la Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón. · BOE-A-1999-1920

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-19.

Texto consolidado

Deberán retirarse de la zona de dominio público todos los objetos abandonados en la misma que puedan obstaculizar el uso normal de la vía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-19.

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