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Ley Vigente

Artículo 41. Principios generales, objetivos y organización del Bachillerato.

Artículo 41 de la Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria. · BOE-A-2009-1174

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-13.

Texto consolidado

1. Los principios generales, los objetivos y la organización del Bachillerato se desarrollarán de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

2. Además, el Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos las capacidades que les permitan:

a) Consolidar actitudes que contribuyan al desarrollo sostenible.

b) Desarrollar, aplicar y potenciar las competencias básicas adquiridas por los alumnos en la educación básica.

c) Profundizar en el conocimiento del patrimonio histórico, artístico, cultural y natural, y de las tradiciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, afianzando actitudes que contribuyan a su valoración, difusión conservación y mejora.

3. La Administración educativa promoverá un incremento progresivo de la oferta de plazas de Bachillerato en la modalidad de Artes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-02-13.

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