Artículo 41. Ejercicio de acciones.
Artículo 41 de la Ley 4/2023, de 27 de abril, del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias. · BOE-A-2023-13537
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-11.
Texto consolidado
Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo y los ayuntamientos, en su caso, en los términos previstos por la legislación procesal vigente, ejercerán las acciones judiciales pertinentes para hacer cesar las actividades lesivas para los derechos e intereses de las personas consumidoras y usuarias, especialmente cuando afecten a las personas consumidoras y usuarias vulnerables.