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Ley Vigente

Artículo 41. Modificaciones de la autorización.

Artículo 41 de la Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia. · BOE-A-2023-19355

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-06.

Texto consolidado

1. Cualquier modificación societaria que no afecte a los requisitos acreditados para el otorgamiento de la autorización deberá ser comunicada al órgano autonómico de dirección competente en materia de juego, acompañando la documentación acreditativa de los cambios producidos y en el plazo de un mes desde su efectiva materialización.

2. Cualquier otra modificación societaria que afecte a los requisitos acreditados para el otorgamiento de la autorización exigirá una resolución de modificación de la autorización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-10-06.

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