Artículo 41. Tipología de las entidades deportivas.
Artículo 41 de la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia. · BOE-A-2012-5596
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-14.
Texto consolidado
Tienen la consideración de entidades deportivas gallegas los clubes deportivos, las agrupaciones deportivas escolares, las secciones deportivas y las federaciones deportivas.