El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 41. Aprobación, diseño y mantenimiento de los instrumentos comunes de atención, información y prospección.

Artículo 41 de la Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo. · BOE-A-2024-899

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-29.

Texto consolidado

1. Corresponde a la persona titular del departamento del Gobierno Vasco competente en materia de empleo la aprobación de los instrumentos comunes de atención, información y prospección que deberán utilizar las entidades integrantes de la Red Vasca de Empleo en la prestación de los servicios de la cartera.

2. Su diseño y mantenimiento corresponderá a Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, que deberá respetar lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-06-29.

Más artículos de Ley 15/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 15/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.