Artículo 41. Clasificación profesional del personal laboral.
Artículo 41 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura. · BOE-A-2015-5016
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-10.
Texto consolidado
El personal laboral se clasificará de conformidad con lo dispuesto en la legislación laboral y en los convenios colectivos.