Artículo 41. Derechos de las empresas turísticas.
Artículo 41 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-13.
Texto consolidado
Las empresas turísticas gozarán de los siguientes derechos:
1. A participar en los programas de fomento del turismo de la Administración regional, así como en los órganos de colaboración y consulta que puedan constituirse.
2. A solicitar y obtener información sobre la actividad turística regional.
3. A participar, en condiciones de igualdad, de todas las iniciativas de innovación turística que ponga en marcha la Administración regional.
4. A ser protegidas contra el intrusismo en el sector a través de la aplicación de la disciplina turística.
5. A recibir las mismas ayudas y apoyos que el resto de las industrias regionales.