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Ley Vigente

Artículo 41. Derechos de las empresas turísticas.

Artículo 41 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-750

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-13.

Texto consolidado

Las empresas turísticas gozarán de los siguientes derechos:

1. A participar en los programas de fomento del turismo de la Administración regional, así como en los órganos de colaboración y consulta que puedan constituirse.

2. A solicitar y obtener información sobre la actividad turística regional.

3. A participar, en condiciones de igualdad, de todas las iniciativas de innovación turística que ponga en marcha la Administración regional.

4. A ser protegidas contra el intrusismo en el sector a través de la aplicación de la disciplina turística.

5. A recibir las mismas ayudas y apoyos que el resto de las industrias regionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-13.

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