Artículo 41. Régimen de usos.
Artículo 41 del Decreto Legislativo 1/2015, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón. · BOA-d-2015-90531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-07.
Texto consolidado
A los efectos de lo previsto en la presente ley, los posibles usos de un espacio natural protegido tendrán la consideración de permitidos y prohibidos.