Artículo 41. Otorgamiento.
Artículo 41 del Decreto 673/1966, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 4/1964, de 29 de abril, sobre concesión de teleféricos. · BOE-A-1966-4330
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-04-17.
Texto consolidado
La concesión de estos teleféricos de servicio público seguirá la tramitación prevista en la excepción tercera del artículo segundo y en el 44 de este Reglamento.
Las concesiones no gozarán de los beneficios previstos en el artículo 3, con excepción de los que puedan alcanzarles en el orden fiscal, de acuerdo con las normas de esta naturaleza.
Serán de aplicación todas las condiciones establecidas en el capítulo II de este Reglamento, salvo lo que se refiere a las formalidades de concurso.