Artículo 40. Composición.
Artículo 40 del Real Decreto 517/2015, de 19 de junio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática y de su Consejo General. · BOE-A-2015-7773
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-12.
Texto consolidado
1. La Junta de Gobierno estará compuesta por los siguientes cargos:
a) Presidencia.
b) Vicepresidencia primera y, opcionalmente, Vicepresidencia segunda.
c) Secretaría y, opcionalmente, Vicesecretaría.
d) Tesorería.
2. Habrá tantas vocalías como Colegios, con la restricción de que un mismo Colegio no podrá tener más de una Vocalía, pudiendo quedar vacantes por decisión de cada Colegio Profesional.
3. Ningún Colegio podrá tener más de tres miembros en la Junta de Gobierno.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 517/2015, de 19 de junio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática y de su Consejo General.