El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 40. Elección del Decano y la Junta de Gobierno.

Artículo 40 del Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. · BOE-A-1997-9712

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-05.

Texto consolidado

1. El cargo de Decano y demás miembros de la Junta tendrá una duración de cuatro años. Los candidatos para dicho cargo deberán presentarse a la elección bajo lista cerrada comprensiva de quienes, caso de ser elegidos y cumplir los requisitos que se especifican en el artículo anterior, vayan a desempeñar todos los cargos de la Junta de Gobierno.

2. Nadie podrá ser elegido más de dos veces de forma sucesiva. Deberá transcurrir un plazo mínimo de dos años para poder presentarse nuevamente a la elección.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-06-05.

Más artículos de Real Decreto 483/1997

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 483/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.