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Real Decreto Vigente

Artículo 39. Requisitos generales.

Artículo 39 del Real Decreto 483/1997, de 14 de abril, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. · BOE-A-1997-9712

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-05.

Texto consolidado

Todos los colegiados serán electores.

Para el desempeño de cualquier cargo colegial será preciso el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Hallarse en activo en el ejercicio de la función registral en propiedad.

b) No haber sido sancionado por incumplimiento de los deberes colegiales o profesionales, a menos que la sanción hubiera sido cancelada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-06-05.

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