Artículo 40. Procedimiento sancionador.
Artículo 40 del Real Decreto 353/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. · BOE-A-2011-5836
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-02.
Texto consolidado
1. Los Estatutos de cada Colegio Territorial y Consejo Autonómico regularán el procedimiento sancionador a seguir para depurar eventuales responsabilidades disciplinarias. Este procedimiento habrá de ajustarse, en todo caso, a los principios definidos en la normativa sobre régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.
2. La responsabilidad disciplinaria regulada en el presente Título se ejercerá sin perjuicio de la eventual responsabilidad administrativa o penal en la que, por los mismos hechos, puedan incurrir los Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local como consecuencia de su relación de servicio o su condición de funcionarios públicos.
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