Artículo 40. Nombramiento y toma de posesión de los Consejeros.
Artículo 40 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente. · BOE-A-2005-1576
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-01.
Texto consolidado
1. Los Consejeros son nombrados libremente por el Presidente del Gobierno de Navarra.
2. Los Consejeros tomarán posesión de su cargo una vez que hayan prestado, ante el Presidente del Gobierno de Navarra, el juramento o promesa de respetar, mantener y mejorar el régimen foral de Navarra, acatar la Constitución Española y las leyes y cumplir fielmente las obligaciones propias de su cargo.