Artículo 40. Funciones de la iniciativa privada.
Artículo 40 de la Ley de Cantabria 5/1997, de 6 de octubre, de Prevención, Asistencia e Incorporación Social en Materia de Drogodependencias. · BOE-A-1997-25123
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-15.
Texto consolidado
Las entidades privadas e instituciones podrán cooperar con las Administraciones Públicas en el desempeño de las siguientes funciones:
a) La sensibilización social y la información.
b) La prevención de las drogodependencias.
c) La asistencia e integración social de drogodependientes.
d) La formación.
e) La investigación y evaluación.