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Ley Vigente

Artículo 40. Comisión de cooperación e información registral.

Artículo 40 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. · BOE-A-2002-25180

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

Texto consolidado

Se crea en el Consejo Superior de Fundaciones la Comisión de cooperación e información registral, que estará integrada por representantes de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

Dicha Comisión se encargará de establecer mecanismos para la colaboración e información mutua entre los distintos registros, en particular en lo relativo a las denominaciones y a las comunicaciones sobre la inscripción y, en su caso, la extinción de fundaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-01.

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