Artículo 40. Efectos.
Artículo 40 de la Ley 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de La Red de Itinerarios Verdes de La Rioja. · BOE-A-2003-7529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-23.
Texto consolidado
La modificación o pérdida de condición de ruta o vía verde por parte de la Comunidad Autónoma de La Rioja, implica la desafectación del servicio público, respectivamente, del tramo antiguo modificado o de la totalidad de la misma y confiere derecho de reversión, conforme a las normas generales de expropiación forzosa vigentes, a los titulares de los bienes o derechos que hubieren sido expropiados en su día para la construcción de aquélla.