Artículo 40. Definición.
Artículo 40 de la Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales. · BOE-A-2021-13685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-12.
Texto consolidado
El complemento vital por dependencia o discapacidad es una prestación económica adicional al salario social básico destinada a aquellas unidades económicas de convivencia que incluyan personas dependientes o con discapacidad.