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Ley Derogada

Artículo 40. Sistemas de acceso.

Artículo 40 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales. · BOE-A-2002-548

Atención: Ley 13/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los sistemas de acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local serán por la promoción interna, la movilidad y el turno libre.

1. A la categoría de Policía se accederá, por turno libre, respetando la reserva para movilidad sin ascenso prevista en el artículo 45.

2. A las categorías de Oficial, Subinspector e Inspector se accederá por promoción interna, respetando la reserva para movilidad prevista en el artículo 45; si estas vacantes reservadas a la promoción interna no se pudieran proveer por dicho sistema, por falta de solicitantes, de cumplimiento de los requisitos de los aspirantes, o fuesen declaradas desiertas, se recurrirá sucesivamente al sistema de movilidad y turno libre. Cuando sea la máxima categoría de la plantilla, el municipio optará entre promoción interna, movilidad o turno libre.

3. A las categorías de Intendente, Intendente Mayor y Superintendente se podrá acceder por el sistema de promoción interna, movilidad o turno libre, según decida el municipio, respetando, en su caso, la reserva para la movilidad prevista en el artículo 45.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-04.

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