Artículo 40. Condiciones acústicas de la edificación.
Artículo 40 de la Ley 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8447
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-25.
Texto consolidado
Las condiciones acústicas exigibles a los diversos elementos que componen la edificación y sus instalaciones para el cumplimiento de las determinaciones de esta ley son las del Código técnico de la edificación que prevé la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. En tanto no se apruebe el DB-HR Protección frente al ruido, prevista en Código técnico de la edificación, rige la Norma básica de la edificación: condiciones acústicas de la edificación (NBE-CA vigente en cada momento).