El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Vigente

Artículo 40. Sistema de concurso.

Artículo 40 del Acuerdo de 20 de noviembre de 2025, adoptado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta, por el que se aprueba el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. · BOE-A-2025-24253

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-11-22.

Texto consolidado

1. El sistema ordinario para cubrir las plazas será el concurso.

2. Para la provisión de los puestos mediante el sistema de concurso, serán de aplicación los baremos aprobados por el Letrado o la Letrada Mayor de las Cortes Generales, una vez cumplimentado lo previsto en el artículo 64 de este Estatuto.

3. La adjudicación de las plazas obtenidas por concurso se efectuará por el Secretario o Secretaria General del Congreso de los Diputados o el Letrado o Letrada Mayor del Senado, según cuál fuera la Cámara a la que está adscrita la plaza correspondiente, o por el Letrado o Letrada Mayor de las Cortes Generales para las plazas adscritas a los Servicios Comunes y la Junta Electoral Central. Una vez obtenida una plaza por concurso, no se podrá participar en un nuevo concurso para la obtención de plazas de igual o inferior categoría durante el plazo de dos años, a excepción de los puestos básicos, salvo que, por circunstancias especiales o extraordinarias, debidamente justificadas, se acuerde excepcionar esta previsión. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 43.4 del presente Estatuto.

4. Los funcionarios y las funcionarias de nuevo ingreso ocuparán las vacantes resultantes de los concursos para la provisión de puestos de trabajo. No obstante, podrán ocupar otros puestos en atención a las necesidades del servicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-11-22.

Más artículos de BOE-A-2025-24253

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2025-24253 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.