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Real Decreto Legislativo Vigente

Artículo 4. Definición de cauce.

Artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. · BOE-A-2001-14276

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-25.

Texto consolidado

Álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua es el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-25.

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