Artículo 4. Fines del Alto Comisionado.
Artículo 4 del Real Decreto 998/2012, de 28 de junio, por el que se crea el Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España y se modifica el Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política Exterior. · BOE-A-2012-8672
Atención: Real Decreto 998/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España y la promoción del español tiene como fines:
a) Promover medidas para mejorar la imagen exterior de España y, a tal efecto, recibir, elaborar y transmitir cuantos datos e información resulten necesarios o convenientes.
b) Desarrollar una herramienta de información periódica para conocer y medir la percepción sobre España, y construir un sistema de indicadores objetivos, por datos de medición externa, que permitan su seguimiento.
c) Impulsar la planificación de la acción exterior de los órganos de las Administraciones Públicas y organismos de ellas dependientes, a través de los planes anuales de actuación exterior, y coordinar y hacer el seguimiento de su ejecución.
d) Promover la participación en la planificación y ejecución de la acción exterior de cuantos organismos públicos y entidades públicas y privadas gestionen actividades de promoción internacional, valorar y, en su caso, apoyar, sus iniciativas, e impulsar acciones conjuntas de colaboración público-privada en dicho ámbito.
e) Impulsar y coordinar las iniciativas de promoción del valor de la lengua española como lengua global y su puesta en valor como activo en cualquier ámbito y, especialmente, en los ámbitos económico, político, social, cultural o digital.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-1417.