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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 4. Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Balonmano.

Artículo 4 del Real Decreto 900/2021, de 19 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Balonmano y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso. · BOE-A-2021-18141

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-22.

Texto consolidado

1. El título de Técnico Deportivo en Balonmano tendrá como especializaciones:

a) Balonmano escolar.

b) Balonmano de personas con discapacidad.

c) Balonmano playa.

2. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a propuesta del Consejo Superior de Deportes y previa consulta de los órganos competentes en materia de deportes de las comunidades autónomas y de la Real Federación Española de Balonmano, establecerá los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de estas especializaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-07-22.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-14332.

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