Artículo 4. Guía de consumo de combustible y emisiones de CO2.
Artículo 4 del Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, por el que se regula la información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento financiero en territorio español. · BOE-A-2002-15766
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-23.
Texto consolidado
El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), en colaboración con fabricantes e importadores, elaborará el contenido de una guía de consumo de combustible y emisiones de CO2, como mínimo una vez al año, con arreglo a los requisitos del anexo II de este Real Decreto, que publicará en Internet. Los fabricantes e importadores facilitara al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) la información y las características técnicas de los turismos.
Más artículos de Real Decreto 837/2002
- ← Artículo 3. Etiqueta sobre consumo de combustible y emisiones de CO2.
- → Artículo 5. Puesta a disposición de los consumidores de la guía de consumo de combustible y emisiones de CO2
- Ver la norma completa: Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, por el que se regula la información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento financiero en territorio español.