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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Ministerio de Defensa.

Artículo 4 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. · BOE-A-2023-23537

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-11-21.

Texto consolidado

1. Corresponde al Ministerio de Defensa el ejercicio de todas las competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico como órgano encargado del desarrollo y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre política de defensa.

2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Defensa, así como de los demás previstos en el ordenamiento jurídico y, de forma específica, en la legislación sobre organización militar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-11-21.

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