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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Modificación de la Estrategia Nacional sobre Adicciones y de sus planes de acción.

Artículo 4 del Real Decreto 740/2021, de 24 de agosto, por el que se regulan la Estrategia Nacional sobre Adicciones y sus planes de acción; y se modifican cuatro reales decretos para adaptar la composición de algunos órganos colegiados del Plan Nacional sobre Drogas y la competencia ministerial con relación a la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas a la nueva organización ministerial. · BOE-A-2021-14167

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-26.

Texto consolidado

1. La Estrategia Nacional sobre Adicciones podrá ser modificada, siguiendo para ello el mismo procedimiento establecido en el artículo 2.3 para su aprobación, cuando lo considere necesario la persona titular del ministerio competente para su elaboración, por propia iniciativa o por iniciativa aprobada por la Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre Drogas, siempre que la modificación: esté justificada en circunstancias materiales o jurídicas sobrevenidas; o sea necesaria para adaptar dicha Estrategia Nacional a una nueva Estrategia de la Unión Europea en materia de lucha contra las drogas o las adicciones, o a las modificaciones de la que se encuentre en vigor.

2. Los planes de acción de la Estrategia Nacional sobre Adicciones podrán ser modificados, siguiendo para ello el procedimiento establecido en el artículo 3.4 para la aprobación de los mismos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-26.

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