El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 4. Título de Graduado o Graduada en Música y especialidades.

Artículo 4 del Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2010-8955

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-20.

Texto consolidado

1. La superación de las enseñanzas artísticas superiores de grado en Música dará lugar a la obtención del Título de Graduado o Graduada en Música, seguido de la especialidad correspondiente. Estos títulos tendrán carácter oficial y validez académica y profesional en todo el territorio nacional.

2. Las especialidades de las enseñanzas artísticas de grado en Música son las siguientes: Composición, Dirección, Interpretación, Musicología, Pedagogía, Producción y gestión y Sonología.

3. (Anulado)

Se declara la nulidad del apartado 3 por Sentencia del TS de 21 de diciembre de 2012. Ref. BOE-A-2013-3054., rectificada por Auto de 13 de febrero de 2013. Ref. BOE-A-2013-3055.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-03-20.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-3054.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 631/2010

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 631/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.