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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Del Presidente del Consejo.

Artículo 4 del Real Decreto 61/2018, de 9 de febrero, por el que se crea y regula el Consejo Superior del Deporte Militar. · BOE-A-2018-1831

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-02.

Texto consolidado

1. Será Presidente del CSDM el Subsecretario de Defensa.

2. Corresponde al Presidente del CSDM:

a) Ostentar la representación del Consejo.

b) Ejercer la alta dirección del Consejo, con arreglo a las directrices que, en su caso, establezca el Ministro de Defensa.

c) Acordar la convocatoria del Pleno del Consejo en sesión ordinaria o extraordinaria y fijar el orden del día.

d) Presidir las sesiones del Pleno del Consejo y visar las actas y certificaciones de los acuerdos del órgano.

e) Conceder las distinciones, condecoraciones y premios deportivos militares del Consejo.

f) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente del Consejo, le delegue el Ministro de Defensa o se deriven de lo establecido en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-03-02.

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