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Real Decreto Derogada

Artículo 4. Obligación general de control para las autoridades competentes.

Artículo 4 del Real Decreto 571/1999, de 9 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria que fija las normas aplicables a la producción y comercialización de moluscos bivalvos vivos. · BOE-A-1999-8185

Atención: Real Decreto 571/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las autoridades competentes velarán para que las personas que manipulen moluscos bivalvos vivos, desde su recolección hasta su comercialización, adopten las medidas necesarias para cumplir los requisitos de la presente reglamentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-04-11.

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