Artículo 4. Intervención General de la Seguridad Social.
Artículo 4 del Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. · BOE-A-2020-4763
Atención: Real Decreto 497/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Intervención General de la Seguridad Social, con rango orgánico de dirección general y bajo la dependencia funcional de la Intervención General de la Administración del Estado, es el órgano de control interno y de dirección de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. Asimismo, es el centro de gestión de la contabilidad de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
2. La Intervención General de la Seguridad Social desarrollará sus funciones con arreglo a lo dispuesto en su normativa específica y con la estructura establecida en ella.