El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 4. Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Atletismo.

Artículo 4 del Real Decreto 427/2023, de 6 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso. · BOE-A-2023-14427

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-22.

Texto consolidado

1. El título de Técnico Deportivo en Atletismo tendrá como especializaciones:

a) Atletismo escolar.

b) Atletismo de personas con discapacidad.

2. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a propuesta del Consejo Superior de Deportes y previa consulta de los órganos competentes en materia de deportes de las comunidades autónomas y de la Real Federación Española de Atletismo, establecerá los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de estas especializaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-07-22.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-14332.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 427/2023

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 427/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.