Artículo 4. Determinación del objeto social.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-13.
Texto consolidado
1. El objeto social se identificará en los estatutos-tipo mediante la selección de alguna o algunas de las actividades económicas y de sus códigos determinados habilitados por Orden del Ministro de Justicia, debiendo estar disponibles en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, con la descripción correspondiente de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009). El código o códigos a seleccionar deberán tener al menos dos dígitos.
2. Entre las actividades que conformen el objeto social, se señalará una, a efectos de ser considerada como actividad principal. En este caso se especificará con el código CNAE a cuatro dígitos.
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