Artículo 4. Objetivos de la formación.
Atención: Real Decreto 312/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La formación dirigida a directivos y dirigentes de las entidades asociativas prioritarias irá enfocada a los estudios de administración de negocios, que les permita diseñar estrategias y modelos de negocio competitivos. Esta formación se concretará en un Programa de formación tal como se describe en el artículo 6.
2. La formación debe contribuir a la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, incluida la eficiencia energética e innovación de los productos ofrecidos por las entidades asociativas prioritarias a las que pertenezcan los directivos y dirigentes, así como el aumento de la base de los conocimientos de dichas entidades.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 312/2016, de 29 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el apoyo a las acciones de formación profesional y adquisición de competencias en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.