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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 4. Procedimiento para la comunicación de datos al Registro de empresas de ventas a distancia.

Artículo 4 del Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia. · BOE-A-2006-5375

Atención: Real Decreto 225/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En cualquier caso, para la inscripción registral las empresas aportarán al registro de la comunidad autónoma donde tengan su sede si en la misma estuviese constituido o, en su defecto, al Registro de empresas de ventas a distancia, únicamente una comunicación de datos donde se manifieste el cumplimiento de los extremos que se contienen en el anexo de este real decreto.

2. Con carácter voluntario y a efectos de publicidad e información, las empresas de venta a distancia podrán inscribir en el Registro los datos siguientes:

a) La posesión de un certificado de calidad acreditativo del cumplimiento de normas de calidad, y las normas a las que se refiere el certificado.

b) La adhesión al sistema arbitral de consumo u otros sistemas de resolución extrajudicial de conflictos en relación con las quejas que presenten los consumidores.

c) Otros datos que puedan ser considerados de interés público.

3. Corresponderá, en todo caso, a las comunidades autónomas la comprobación de los datos de la comunicación en el marco de las facultades de inspección que legalmente tengan atribuidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-03-14.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 200/2010, de 26 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1882/1978, de 26 de julio, sobre canales de comercialización de productos agropecuarios y pesqueros para la alimentación y el Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el Registro de empresas de ventas a distancia, para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior..

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