Artículo 4. Órganos de gobierno.
Artículo 4 del Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA). · BOE-A-2000-21832
Atención: Real Decreto 1951/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los órganos de gobierno del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) son los siguientes:
1.º Órganos colegiados:
a) El Consejo Rector.
b) El Consejo de Dirección.
2.º Órganos unipersonales:
a) El Presidente.
b) El Director del INIA.
2. El Consejo Rector y el Consejo de Dirección se regirán por lo dispuesto en el presente Estatuto y por lo establecido en el capítulo II, Título II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el capítulo IV, Título II, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-9105.