Artículo 4. Funciones del Pleno.
Artículo 4 del Real Decreto 1796/1999, de 26 de noviembre, por el que se modifican la composición y funciones del Patronato del Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias "González Martí". · BOE-A-1999-23523
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-11.
Texto consolidado
1. Corresponde al Pleno del Patronato, en todo caso:
1.º Promover el cumplimiento de las directrices generales que el Ministerio de Educación y Cultura establezca para el museo.
2.º Fomentar e impulsar la participación de la sociedad en el enriquecimiento de las colecciones del museo y en el sostenimiento del mismo.
3.º Informar las subvenciones, aportaciones, donaciones, herencias o legados a favor del museo.
2. Corresponden también al Pleno del Patronato las siguientes funciones, que podrá delegar en la Comisión Permanente:
1.º Acordar, en su caso, las modificaciones en la agrupación de las colecciones del museo; aprobar, a propuesta del Director, los tratamientos de carácter extraordinario o de especial importancia para la conservación o restauración de las obras del museo y aprobar la organización de exposiciones temporales.
2.º Requerir, a través del Director, la remisión de cuantos datos, informes y estudios considere de utilidad para el cumplimiento de sus funciones.