Artículo 4. Composición.
Artículo 4 del Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva. · BOE-A-2011-18721
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-09-11.
Texto consolidado
El Foro de Cultura Inclusiva estará compuesto por la presidencia, dos vicepresidencias, catorce vocalías y la secretaría. La composición del Foro atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, según lo establecido en el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, así como asegurará la participación de personas con discapacidad en este órgano.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-17928.