El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 4. Objetivos del Sistema de Catalogación de la Defensa.

Artículo 4 del Real Decreto 166/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de catalogación de material de la defensa. · BOE-A-2010-3748

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-09.

Texto consolidado

Los objetivos del Sistema de Catalogación de la Defensa son:

a) Denominar, clasificar, identificar y numerar cada uno de los artículos de abastecimiento usados en el ámbito de aplicación anteriormente definido, conforme a las reglas y procedimientos establecidos por el Sistema de Catalogación de la Defensa, de forma que cada uno de ellos tenga una identidad única e inequívoca para todos los usuarios del mismo.

b) Obtener, mantener, publicar y difundir los datos de identificación y de gestión que se determinen, de los artículos anteriores, conforme a las reglas del Sistema de Catalogación de la Defensa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-03-09.

Más artículos de Real Decreto 166/2010

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 166/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.