Artículo 4. Actividad subvencionable.
Artículo 4 del Real Decreto 157/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones para la repoblación de las explotaciones en caso de vaciado sanitario en ovino y caprino por medidas de emergencia ante viruela ovina y caprina. · BOE-A-2023-6081
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-09.
Texto consolidado
1. Podrán ser objeto de financiación la compra o el arrendamiento con opción de compra, de animales de las especies ovina o caprina, para la repoblación de la explotación, por el número total de animales de recría y reproductores que hayan sido sacrificados obligatoriamente.
2. Las subvenciones se concederán a las compras o arrendamientos con opción de compra realizados con anterioridad a la presentación de la solicitud dentro de los tres años anteriores o desde la publicación de la convocatoria, y podrán concederse a compras o arrendamientos con opción de compra de ejecución plurianual siempre que se cumpla con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Más artículos de Real Decreto 157/2023
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