Artículo 4. Incorporación de los pasivos.
Artículo 4 del Real Decreto 1505/2003, de 28 de noviembre, por el que se establece la inclusión de los miembros del Cuerpo único de Notarios en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. · BOE-A-2003-23191
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Pasan a ser pensionistas del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos aquellos que, a la entrada en vigor de este real decreto, lo sean de las Mutualidades Notarial y de Corredores de Comercio y sean titulares de pensiones que se correspondan con las que otorga la acción protectora del referido régimen especial.
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