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Real Decreto Vigente

Artículo 4. Nombramiento de los Directores de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio.

Artículo 4 del Real Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre, por el que se regulan las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio. · BOE-A-2005-20554

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Texto consolidado

Los Directores de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio serán designados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. En todo caso, será preceptivo oír con carácter previo a los Delegados del Gobierno correspondientes, cuya conformidad se entenderá otorgada si no hay manifestación en contrario en el plazo de 15 días.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

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