Artículo 4. Obligaciones de los intermediarios.
Artículo 4 del Real Decreto 1434/1992, de 27 de noviembre, de desarrollo de los artículos 24, 25 y 140 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, en la versión dada a los mismos por la Ley 20/1992, de 7 de julio. · BOE-A-1992-27764
Atención: Real Decreto 1434/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Derogado)
Redactado el apartado a) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 13, de 15 de enero de 1993. Ref. BOE-A-1993-1061
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original..
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