Artículo 4. Cobertura de operaciones en divisas.
Artículo 4 del Real Decreto 1327/1999, de 31 de julio, por el que se regulan determinados aspectos del seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado en operaciones de medio y largo plazo. · BOE-A-1999-18393
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-09-04.
Texto consolidado
En el caso de que las operaciones prevean el pago o la financiación en una o más divisas, la cobertura podrá ofrecerse en cualquiera de esas divisas.
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