Artículo 4.
Artículo 4 del Real Decreto 1145/1990, de 7 de septiembre, por el que se crea el Servicio de Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas y se dictan normas sobre su funcionamiento. · BOE-A-1990-23337
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-09-22.
Texto consolidado
Por el Secretario de Estado de Administración Militar se facilitarán los medios personales y materiales necesarios para el cumplimiento de sus funciones.